JurídicoESEN
Order (Auto)June 19, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera

✓Claimant Ministerio De Educacion Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio·Respondent Zapata Calderon Francisco Javier

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Topic · hard data
Solicitud De Ejecución De Sentencia Condenatoria-Corresponde Conocer Al Juez Que Dictó La Providencia.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Solicitudes de ejecución de obligaciones contenidas en sentencias judiciales proferidas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Cuarta de Oralidad y el Juzgado Diecinueve Civil Municipal de Oralidad de Medellín (Antioquia).

La causa que origina la controversia radica en una solicitud de ejecución de providencia judicial elevada por el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio- FOMAG- contra un ciudadano, a través de la cual solicita librar mandamiento de pago por concepto de costas ordenadas a su favor y en contra del demandado dentro de un proceso ordinario llevado en el mismo Tribunal, en valor y otros conceptos registrados en escrito de demanda.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera aplicable la regla de decisión del Auto 008 de 2022, según la cual, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.

En la referida decisión, la Corte afirmó que a partir del artículo 306 del CGP, aplicable por remisión del CPACA, “es procedente la ejecución a continuación del proceso de conocimiento declarativo y condenatorio”.

En este sentido, ha de entenderse que la solicitud de ejecución de providencias “pretende el cobro de la condena, para que la providencia se cumpla dentro del mismo proceso”.

Entonces, no constituye una nueva “demanda ejecutiva separada o independiente”.

Por tanto, “es el mismo juez de conocimiento, esto es, aquel que profirió la sentencia condenatoria, el competente para conocer de esa solicitud de ejecución.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Cuarta de Oralidad, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Diecinueve Civil Municipal de Oralidad de Medellín.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Cuarta de Oralidad y el Juzgado Diecinueve Civil Municipal de Oralidad de Medellín, en el sentido de DECLARAR que el Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Cuarta de Oralidad, es la autoridad competente para conocer la solicitud de ejecución de sentencia presentada por el FOMAG en contra de Francisco Javier Zapata Calderón.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5452 al Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Cuarta de Oralidad, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Diecinueve Civil Municipal de Oralidad de Medellín.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.